LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA COLOMBIANA 11ºA

CONCEPTO:
. La Constitución O Carta Magna: Es la norma fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. También garantiza al pueblo derechos y libertades. Es elemental hacer un estudio más allá del significado etimológico de lo que es una constitución; por lo cual en este estudio buscamos encontrar la verdadera esencia de lo que es una constitución, los elementos que al integran, su finalidad, sus características, los tipos de constituciones que existen, quienes y con que objeto las elaboran; así como un enfoque más concreto hacia el análisis de los orígenes de nuestra constitución. la Constitución Política de un país es de suma importancia para la existencia del mismo. La Carta Magna dicta la organización de un Estado, de una sociedad. Sin la existencia de una Constitución, el Estado no se podría conformar como tal, de ahí la importancia de analizar los aspectos más importantes de una constitución.
CONFORMACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA.
Nuestra Constitución esta conformada por TÍTULOS, CAPÍTULOS, ARTÍCULOS , ARTICULOS TRANSITORIOS, ACTOS LEGISLATIVOS , ENTRE OTROS...
El primer Título: DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES nos habla de aquellos derechos que son inalienables y que protege totalmente la constitución, ellos van del artículo 1 al 10.
El segundo Título:DE LOS DERECHOS, LAS GARANTÍAS Y DEBERES,  en su primer capítulo nos habla de DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES, aquellos que todos los ciudadanos debemos respetar y estos van del 11 al 41.


Cada uno de los anteriores Derechos esta ampliamente protegido por el art. 86 de nuestra CPN , el cual nos habla del Derecho de Tutela:Art. 85. Son de aplicación inmediata los derechos consagrados en los artículos 11, 12, 13, 14, 15, 26, 17, 18, 19, 20, 21, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34, 37 y 40.
Art. 86. Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe en su nombre, la protección inmedianta de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resultaren vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.
La protección consistirá en una orden para que aquel respecto de quien se solicita tutela, actúe o se abstenga de hacerlo. El fallo, que será de inmediato cumplimiento, podrá impugnarse ante el juez competente y, en todo caso, éste lo remitirá a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Esta acción sólo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremeidable.
En nigún caso podrán transcurrir más de diez días entre la solicitud de tutela y su resolución.
La ley establecerá los casos en los que la acción de tutela procede contra particulares encargados de la prestación de un servicio público o cuya conducta afectare grave y directamente el interés colectivo, o respecto de quienes el solicitante se halle en estado de subordinación o indefección.
CON LA ANTERIOR INFORMACIÓN RESPONDA LAS SIGUIENTES PREGUNTAS:
1. ¿QUE IMPORTANCIA TIENE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL PARA LOS COLOMBIANOS?.
2. ¿QUE NOS GARANTIZA LA CONSTITUCIÓN NACIONAL?
3. ¿COMO ESTA CONFORMADA LA CONSTITUCIÓN POLITICA COLOMBIANA?
4. ¿POR QUE LOS ART. DEL 11 AL 40 SON DE APLICACIÓN INMEDIATA?
5. ¿QUE GARANTIZA LA ACCIÓN DE TUTELA?.
6. CON BASE EN UNO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES, CREA UN EJEMPLO DE ACCIÓN DE TUTELA Y PREPÁRATE PARA DEBATIR ESTOS TEMAS EN CLASE.

"ÉXITOS Y APROVECHEN SU TIEMPO"

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